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VACACIONES
Distribución:
Dos opciones del disfrute de vacaciones:
1. 31 días naturales consecutivos en enero, febrero, abril, mayo y septiembre.
2. 31 días naturales repartidas en 16 días en verano y 15 días en invierno.
Protocolo:
1. Si el turno solicitado está completo tendrá preferencia las personas que no lo hayan disfrutado el año anterior.
2. Si continúa habiendo discrepancia tendrá preferencia las personas que no lo hayan disfrutado en los 2 últimos años.
Recuerda:
En caso de matrimonio o pareja de hecho se podrán juntar los días de permiso retribuido con un periodo de vacaciones de 15, 16 o 31 días naturales.
Si estas de baja o disfrutando del permiso de maternidad o paternidad en el inicio de tus vacaciones o durante estas, tendrás derecho a disfrutarlas una vez finalizada tal situación.
VACACIONES POR HOSPITALIZACIÓN 1er GRADO
Cuando el familiar tenga carácter grave y necesiten el cuidado directo de un familiar, podrás utilizar tus vacaciones.
VACACIONES POR ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Podrás utilizar el periodo vacacional para los desplazamientos necesarios a tales efectos.
VACACIONES TRAS LA MATERNIDAD O PATERNIDAD
Podrás disfrutar las vacaciones pendientes a continuación de la finalización del periodo de maternidad o paternidad.
VACACIONES POR CONVENIO DE MENOR
Podrás fijar tus vacaciones en los periodos recogidos en el convenio regulador de guarda y/o custodia.