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Maternidad

26 junio, 2019 by CCOO

Artículo 15

Las trabajadoras que se encuentren de baja maternal coincidiendo dicha situación con los periodos de vacaciones prefijados, disfrutarán de las mismas inmediatamente después de finalizada dicha situación, incluso aunque haya finalizado el año natural.

La trabajadora que, una vez comunicada a la empresa la situación de embarazo, permanezca en activo y le coincida el disfrute de un periodo vacacional, podrá solicitar que el mismo se le suspenda y disfrutarlo posteriormente, tras la baja de maternidad junto con el resto de periodos vacacionales que puedan coincidir durante la situación de riesgo para el embarazo o de baja de maternidad.

Una vez la trabajadora informe al departamento de gestión de personas, de su situación de embarazo, le será de aplicación el protocolo vigente de embarazadas y se le entregará un dossier con toda la información relativa a su situación actual y futura (como solicitar la prestación de maternidad, lactancia, reducción de jornada, excedencia…), asimismo se le explicarán todos los posibles cambios que puede haber en su nómina.

Por otra parte, las trabajadoras embarazadas cuyo trabajo sea en el almacén, es decir, en bipedestación, se le garantiza la posibilidad de retribuir 8 horas de salario si bien prestará únicamente 6 horas de trabajo efectivo cada día. Esta posibilidad existirá desde la semana 10 de gestación y hasta la semana 18, en el que, tras reconocimiento por la mutua de riesgo en el embarazo, se le suspenderá el contrato hasta la baja maternal. Esta situación no es aplicable a las trabajadoras embarazadas en situación de baja por embarazo de riesgo. En el caso de las trabajadoras del personal técnico, este sistema de “6×8” comenzará a la semana 18 de embarazo.

Por último, la trabajadora que, una vez comunicada a la empresa la situación de embarazo, permanezca en activo, se le reservará una plaza de parking para que le sea más cómodo acceder a las instalaciones, aparcar o ausentarse por cualquier circunstancia. El procedimiento se lleva a la práctica a través de unas tarjetas de reserva, comunicación a seguridad y organización de las plazas parking.

Existe un protocolo de embarazadas para todos los puestos del centro donde se especifican, tanto las normas internas como las tareas que pueden realizar. 

Asimismo, las trabajadoras tendrán permiso retribuido para la asistencia a la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. Este se hará extensible a los demás progenitores.

Las trabajadoras embarazadas del turno de noche, de forma voluntaria y siempre que no haya prescripción médica que lo desaconseje, podrán seguir prestando servicios en dicho turno.

Archivado en: P.Leon Conciliación

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