¿Quien puede solicitarlo?
Todo el personal
Importe:
Máximo 1000€
Recuerda:
Se estipulan dos maneras de devolver el anticipo de salario. Con cargo a importes salariales ya devengados y aún no abonados, por lo que el importe solicitado se restará de las cuantías correspondientes a la nómina del mes en curso o de las pagas extraordinarias. Otra de las maneras sería a devolver como máximo, en 12 mensualidades. A este anticipo se le practicará la retención y cotización que legalmente corresponda. No se podrá pedir un anticipo sin haber saldado el anterior. El personal temporal, únicamente podrá solicitarlo a cuenta de importes ya devengados.